Tras el pase a la órbita estatal de la Hidrovía Paraná - Paraguay, el Gobierno oficializó la creación del Ente Nacional de Control y Gestión de la Vía Navegable, "un organismo descentralizado con autarquía administrativa, funcional y económico-financiera", que operará en el ámbito jurisdiccional del Ministerio de Transporte.Según lo establecido en el Decreto 556/2021, publicado..
Tras el pase a la órbita estatal de la Hidrovía Paraná - Paraguay, el Gobierno oficializó la creación del Ente Nacional de Control y Gestión de la Vía Navegable, "un organismo descentralizado con autarquía administrativa, funcional y económico-financiera", que operará en el ámbito jurisdiccional del Ministerio de Transporte.
Según lo establecido en el Decreto 556/2021, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, con la firmas del presidente Alberto Fernández y todo el gabinete nacional, el organismo estará a cargo de controlar el contrato de concesión y garantizar el cumplimiento de las normas del principal paso navegable para las exportaciones agroindustriales.
La normativa fija que el ente deberá garantizar desde "la protección de los usuarios" hasta "el resguardo de los bienes de dominio público y privado del Estado Nacional y el cumplimiento de las leyes, reglamentos y marcos contractuales y regulatorios mediante el ejercicio de la actividad de auditoría, control, inspección, regulación y seguimiento de las materias administrativas, ambientales primarias, económico-financieras, legales".
Asimismo deberá determinar la tarifa y los contratos de concesión de obra pública que sean necesarios sobre la vía navegable troncal comprendida entre el kilómetro 1.238 del Río Paraná, punto denominado Confluencia, hasta la Zona de Aguas Profundas Naturales, en el Río de la Plata exterior.
En este sentido, el decreto presidencial resalta que el organismo deberá seguir "el desarrollo de trabajos de modernización, ampliación, operación y mantenimiento del sistema de señalización y balizamiento, de dragado y redragado, control hidrológico y/o de actividades complementarias a aquellos, sobre la vía navegable".
El Ente de Control y Gestión de la Vía Navegable estará integrado por 15 miembros y su titular será designado por el Presidente mientras que el resto de los cargos serán representantes de los ministerios de Transporte, del Interior, y de Desarrollo Productivo. En tanto siete vocales, serán a propuesta de cada una de las Provincias signatarias del Acuerdo Federal Hidrovía.
Se dejó claro en el decreto que una de las misiones del organismo será "confeccionar y aprobar, por mayoría absoluta de sus miembros, los pliegos de bases y condiciones que regirán los procesos licitatorios relativos a concesiones y/o contratos de obra pública que se otorguen sobre las vías navegables".
Asimismo deberá establecer políticas para estimular el desarrollo de las capacidades tecnológicas nacionales priorizando, "en los pliegos licitatorios y/o en la fórmula tarifaria, que la fabricación y reparación de dragas, equipos de balizamiento, buques y demás equipos necesarios para la realización de las tareas de competencia del concesionario deban realizarse en astilleros locales".
También se exige "mayoría absoluta" de los miembros del organismo para la "aprobación o revisión tarifaria, evaluando las metodologías de cálculo, estudios, análisis y asignación de costos e ingresos que permitan evaluar su razonabilidad y competitividad, con la participación ciudadana correspondiente".
El ente deberá crear y administrar un banco de datos sobre "movimientos fluviales, trazas, batimetrías, compilar estadísticas e indicadores de la actividad e índices económicos-financieros de las concesiones bajo su ámbito de competencia abierto a consulta pública".
Entre otras tareas que deberá realizar el organismo está la de "asegurar la continuidad y regularidad de los servicios, debiendo tomar conocimiento de las acciones del concesionario o de los concesionarios frente a las contingencias del servicio".
El ente tendrá su sede en Rosario aunque deja abierta la posibilidad de trasladarla a otra provincia o constituir delegaciones a "los efectos de su adecuado funcionamiento".
Dentro de los 19 artículos del decreto también se fija la creación del Fondo Vía Navegable, a los fines de recaudar todos los aportes previstos para garantizar el cumplimiento de los objetivos del ente.
A principios de julio, el Gobierno decidió por decreto traspasar a la Administración General de Puertos (AGP) el control de la Hidrovía Paraná-Paraguay.
De esta manera, el Gobierno dio un giro en el control de la vía fluvial por la que sale el 80 por ciento de las exportaciones argentinas. Desde 1995, la empresa Hidrovía S.A., conformada por el gigante belga Jan de Nul en sociedad con la argentina Emepa S.A., estaba a cargo del dragado y balizamiento de la mencionada vía navegable.
Lo cierto es que la creación de este ente fue impulsada tras reiterados informes de la Auditoría General de la Nación en los que observaba "la falta de creación de un órgano de control especializado para el contralor de la concesión de obra en la vía navegable troncal concesionada".