ECONOMÍA

Entró en vigencia el "impuesto a la riqueza"

El Gobierno finalmente promulgó la Ley 27.605 que estableció el aporte extraordinario sobre grandes fortunas, para paliar los efectos económicos de la pandemia de coronavirus.

18 de Diciembre de 2020

 Luego que el 4 de diciembre pasado el Senado apruebe la ley conocida como impuesto a la riqueza, el Gobierno finalmente promulgó hoy la Ley 27.605 que estableció el Aporte Solidario y Extraordinario de las grandes Fortunas, para paliar los efectos económicos de la pandemia de coronavirus. 

A través del Decreto 1024/2020, publicado este viernes en el Boletín Oficial. firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y el ministro de Economía, Martín Guzmán entró en vigencia esta medida, aunque ahora será la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la que definirá "plazos, formas de ingreso, presentación de declaraciones juradas y demás aspectos vinculados a la recaudación de este aporte".

La ley prevé el cobro por única vez de una tasa de entre el 2 y el 3,5 por ciento a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado más de 200 millones de pesos, lo que abarcará a 12 mil contribuyentes.Estarán alcanzadas las personas físicas residentes en el país, por la totalidad de sus bienes en la Argentina y en el exterior.

También alcanza a "aquellas personas humanas de nacionalidad argentina cuyo domicilio o residencia se encuentre en jurisdicciones no cooperantes o jurisdicciones de baja o nula tributación, en los términos de los artículos 19 y 20 de la Ley de Impuesto a las Ganancias", según indica la ley.

En tanto, los que vivan en el exterior, pagarán por la totalidad de sus bienes en la Argentina. El monto del aporte a ingresar se basará en una escala publicada hoy en el Boletín Oficial donde los porcentajes van del 2 al 3,5 por ciento, según la magnitud de las riquezas declaradas.

Por otra parte, por el total de los bienes situados en el exterior, los contribuyentes pagarán porcentajes que van desde el 3 al 5,25 por ciento, también en base a otra escala.

Por otra parte, la ley prevé el destino de los fondos: un 20% será destinado a la compra y/o elaboración de equipamiento médico, otro 20% irá como subsidios a pymes, un 20% será destinado al programa Progresar; y un 15% al Fondo de Integración Socio Urbana (FISU).

El 25% restante irá a programas y proyectos que apruebe la Secretaría de Energía de la Nación vinculados a la exploración, desarrollo y producción de gas natural. Esta actividad resulta "de interés público nacional, a través de Integración Energética Argentina S.A., la cual viabilizará dichos proyectos proponiendo y acordando con YPF S.A", detallaron las autoridades.

Fuente: Télam



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