El Gobierno eliminó el RUTA
El Gobierno eliminó el trámite Registro Única de Transporte Automotor (RUTA), una certificación adicional que debían cumplir los transportistas de carga para poder circular de forma legal.
El Gobierno eliminó el trámite Registro Única de Transporte Automotor (RUTA), una certificación adicional que debían cumplir los transportistas de carga para poder circular de forma legal.
En septiembre, el Estado desobligó a los vehículos que carguen menos de 3,5 toneladas de la inscripción en el Registro Único Del Transporte Automotor (RUTA).
El Decreto 1109/2024 elimina el RUTA para todo el transporte de carga.
"Que en consecuencia, y con el fin de liberar las fuerzas productivas y permitir que el sector del transporte automotor de cargas pueda desarrollar todo su potencial, resulta indispensable simplificar procesos administrativos y eliminar los que resultan irrazonables, por ser contrarios a los objetivos propuestos al momento de su creación", establece la Resolución.
Sin embargo, el transporte de carga peligrosa seguirá con más exigencias que el resto.
"El transporte de carga peligrosa por tener requisitos específicos se ajustará al régimen que se reglamente, de conformidad con la normativa de seguridad vial", indica la regulación.
Quienes efectúen transportes de carga por carretera sin cumplir con los requisitos exigidos por la presente ley y su reglamentación serán pasibles de multas que se graduarán en Unidades de Sanción Económica, cada una de las cuales equivale al precio de CIEN (100) litros de gasoil. Se convierten a su equivalente en moneda corriente al momento de efectuarse el pago.
El monto máximo de la multa es de MIL (1000) unidades por falta y de CINCO MIL (5000) en caso de concurso o reincidencia".
A partir de este decreto solo se le podrá exigir a los vehículos afectados al transporte interjurisdiccional de cargas las siguientes documentaciones: constancia de realización de la revisión técnica obligatoria
Licencia Nacional de Conducir vigente para el tipo de vehículo que conduce
Documento de transporte
Carta de porte o guía
Cédula de Identificación del Automotor
Constancia física o digital de la contratación y vigencia de los seguros obligatorios
Transporte de cargas peligrosas: la documentación específica exigida por la normativa vigente y el permiso especial de circulación en caso de ser necesario.