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Extienden la quita del IVA en alimentos a más canales de distribución

El nuevo Decreto determinado por el presidente Mauricio Macri, incluye a monotributistas y responsables inscriptos. Más información en la nota.

2 de Septiembre de 2019

El Gobierno nacional incorporó a la rebaja a cero del Impuesto al Valor Agregado a los monotributistas y autónomos, por lo que ahora, beneficiará a kioscos y minimercados y a sus clientes. Lo determinó el presidente Mauricio Macri a través del Decreto 603/2019 publicado este lunes en el Boletín Oficial con su firma, la de su jefe de Gabinete, Marcos Peña, y la del ministro de Hacienda, Hernán Lacunza.

Esta medida será aplicada para quienes realicen venta al por menor en supermercados y minimercados (incluye mercaditos, autoservicios y establecimientos similares que vendan carnes, verduras y demás productos alimenticios en forma conjunta).

También beneficia a los kioscos, polirrubros y comercios no especializados; comercios no especializados, sin predominio de productos alimenticios y bebidas; y a aquellos que se dedican a la venta al por menor de productos lácteos.

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Asimismo, los beneficiados serán quienes realicen ventas al por menor de productos de almacén y dietética; y comercializaición al por menor de huevos, carne de aves y productos de granja y de la caza; como así también frutas, legumbres y hortalizas frescas.

Por último, quedan exentos de pagar IVA quienes se dedican a vender pan y productos de panadería; productos alimenticios no clasificados previamente; alimentos, bebidas y tabaco en puestos móviles y mercados; entre otros.

"Resulta conveniente su ampliación a los canales de comercialización o distribución mayorista o minorista, con el objeto de asegurar el acceso de toda la población a los beneficios del mismo", sostiene el texto del decreto.

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Además dice que "una de las funciones primordiales del Estado es la de velar por una justa convivencia social y por el buen orden de la cosa pública en aras del interés general, es decir, de toda la comunidad". 

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